martes, 8 de diciembre de 2009

MARCO JURÍDICO INSTITUCIONAL


La Constitución de 1998, aprobada por la Asamblea Constituyente, reconoce a las Juntas Parroquiales Rurales como el primer nivel de los Gobiernos Seccionales Autónomos, Art. 2 28.


LÍMITES

NORTE.- El Río Guabal aguas arriba, hasta el estero las Juntas, la finca Tres Marías, el Río Chila agua arriba hasta el cruce del camino Las Mercedes (El Carmen), La Perrera (Santo Domingo).
SUR.- El estero Mendozita hasta su afluencia en el estero Mendoza.
ESTE.- Origen del estero Ronquito, aguas abajo hasta su afluencia en los esteros Tigre.
OESTE.- Río Quinindé aguas abajo hasta la afluencia del Río Guabal.

POBLACIÓN INEC: 5,799 habitantes con todo sus recintos y dentro del área urbana 530 habitantes.

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